Hace unas semanas saltaba en la prensa y noticiarios españoles de todo tipo, en papel y digitales, una noticia escalofriante. Tres personas menores, dos chicos y una chica, de 14 a 17 años, que habían delinquido y estaban viviendo en un Centro Tutelado de Menores, habían asesinado a su educadora social, Belén Cortés, quien convivía con ellos como responsable de su atención y reeducación. Sobran aquí los detalles de hecho tan truculento y desagradable que acaba con la vida de la educadora social de 35 años, profesional encargada de su atención y reeducación.
Este terrible acontecimiento sucedía en la ciudad de Badajoz, y ha hecho saltar todas las alarmas sociales, jurídicas, penitenciarias, pedagógicas. Este drama vivido por una persona adulta que muere asesinada a manos de tres adolescentes, muy complicados en sus conductas familiares y sociales, inadaptados escolares y laborales, llama a la puerta de autoridades y ciudadanos, suscita respuestas de rabia colectiva, y muchas preguntas sobre el papel desempeñado por las autoridades del sistema penitenciario y de atención social y reeducador. Han sido numerosas las manifestaciones públicas de repulsa y llamada de atención sobre el problema de los menores que delinquen, han sido muchas las expresiones y reflexiones en artículos de opinión de la prensa, tratando de encontrar respuestas al fallo tan escandaloso que ha generado un sistema de protección del menor que se consideraba modélico, incluso para la mayor parte de los países del mundo más avanzado.
También desde las Facultades de Educación de las universidades, que forman profesionalmente a los educadores sociales, han aflorado expresiones colectivas de rabia, pena, impotencia, miedo a comprometerse en una profesión de alto riesgo, que parece no disponer de los apoyos suficientes, al menos para situaciones peligrosas como la ocurrida.
El sistema penitenciario de varios países, al menos en Occidente y desde luego en España, desde finales del siglo XIX hasta nuestros días ha ido evolucionando y dando constantes muestras de querer atender con dignidad el grave problema suscitado por los menores más inadaptados y que delinquen, en ocasiones con extrema violencia, como es el caso que nos ocupa. Se ha ido pasando de la pura represión carcelaria sin distinción de edades, que consideraba normalizada la convivencia de niños y adolescentes con asesinos confesos, hasta nuevas fórmulas de reclusión, específicas para menores. Ese era el caso de los conocidos como Reformatorios de menores delincuentes.
Desde el ámbito jurídico conceptual se van produciendo avances destacados, como los que representan juristas como Siciliani o Dorado Montero, apreciados penalistas, que arguyen y logran alcanzar el paso de la pura represión de los menores que delinquen a la reeducación, incluso a lo que denominan “pedagogía correccional”. Todo ello en un clima de convivencia democrática y constitucional, alejado del modelo que representan modelos de gobierno autoritario, dictaduras en suma donde no caben este tipo de supuestos.
En consecuencia, se consolida el camino jurídico que va desde la aplicación estricta del código penal ante los delitos hasta otro tipo de explicaciones de corte social, que conduce a la apuesta por soluciones y medios no estrictamente coercitivos con los menores inadaptados que delinquen, a veces de forma muy grave. De esa manera crecen las fórmulas de prevención social, de reeducación, de pedagogía preventiva y correccional, y se van plasmando en formulas y leyes específicas. En España la última más importante y novedosa es reciente, data de 4 de junio de 2021, y lleva el encabezamiento de “Ley de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia”.
Es precisamente desde estas categorías sociales, jurídicas, educativas desde las que se han ido implantando fórmulas de reeducación de los menores que delinquen, entre ellas la atención en casas tutelares de menores, a cargo de educadores sociales, como el ejemplo que nos ocupa en este triste comentario. Aun aceptando que es un modelo plausible para la reeducación y atención a menores, consideramos que en algunas circunstancias debe extremarse las precauciones y medios disponibles, para evitar que se produzcan situaciones tan dramáticas como la vivida, y que, es lamentable reconocer, son más frecuentes de lo que sale en los periódicos e informativos.
La solución y atención adecuada a este grupo de adolescentes inadaptados y violentos es muy compleja, porque las circunstancias que han generado sus conductas lo son, desde el plano familiar al escolar, las condiciones económicas y medioambientales, al clima de valores dominantes en la sociedad. No valen ni existen soluciones mágicas, porque cada caso es particular y único, pero caben medidas que mitiguen o diluyan las conductas asociales y violentas, que deben proceder de la confluencia ordenada de varias administraciones responsables de la seguridad, la atención social, la educación e integración familiar, la educación escolar, la protección del menor en los medios de comunicación y redes sociales. Ante un problema complejo solo caben propuestas y soluciones diferenciadas y coordinadas. atención y reeducación de los menores
Nuestra pregunta de partida es si las universidades tienen algo que ofrecer ante la protección, atención y reeducación de los menores difíciles, con conductas inadaptadas. La respuesta principal no puede ser otra que la ofrecida desde diferentes especialidades científicas de las ciencias sociales (derecho, pedagogía, educación social, asistencia social, psicología), y encaminadas a la pertinente formación en el desempeño de profesionales en los respectivos campos de intervención.
Pero también es imprescindible una constante y rigurosa investigación que vaya ofreciendo resultados científicos para el diagnóstico de los problemas derivados de las conductas asociales de los menores inadaptados. Solo con avances científicos sostenidos podrán implantarse nuevas formas y métodos de acción y prevención social, que promuevan la inclusión y no la pura exclusión social de estos grupos de niños y adolescentes.
Finalmente, la universidad pública, al menos ésta, debe combatir desde una posición de autoridad intelectual socialmente reconocida, todo tipo de formas de explotación infantil y juvenil, defendiendo los derechos del niño y del menor, en concordancia con los avances científicos logrados y con la declaración universal de los derechos del niño aprobada en 1979, y otros documentos de relevancia universal proclamados y difundidos desde entonces.